Cita:
Originalmente publicado por IMPULSES
Si no he entendido mal todo barco que sobrepase los 7.99 metros, paga el maldito 12%, pero creía que los que se abanderaban fuera no lo pagaban, pues No tienen matricula española.
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Los cofrades que han comprado barco y han abanderado en otros países de la
Unión, además del IVA o el ITP, pagan también el ISDMT, siempre y cuando
el barco esté en aguas españolas y el propietario sea residente en España.
El personal no cambia o abandera directamente en otro país por ahorrarse
impuestos, ni tan siquiera por la titulación del patrón, lo hace por el tema
del equipamiento y las zonas de navegación.
Salud y
