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Antiguo 09-06-2018, 11:26
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Juanitu Juanitu esta desconectado
MAGISTER PILTRAFIA
 
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Predeterminado Re: Transmisión amarre por fallecimiento

Como acabo de hacer "testamento" me atrevo a contestar, aunque un abogado de los tantos que hay te lo dirá mejor.


La "concesión" la tiene el CLUB. El socio tiene un "derecho de uso" sobre esa concesión que es la lámina total.


Al ser un "derecho", es similar a todos los bienes inmateriales. Es algo que se puede transmitir en vida (compraventa o donación) o tras el fallecimiento (testamento escrito, o herencia legal).


Al no ser un bien económico directo, no creo - aventuro - que tenga ningún tipo de carga del tipo impuestos por donaciones y sucesiones o por herencia.


Yo personalmente, lo haría todo en vida, con un contrato de compraventa, de modo que sí que se paguen las tasas de los actos jurídicos documentados y el precio de la gestión, que normalmente no es más que una tasa para darle visado en la Comunidad Autónoma, con el consentimiento y conocimiento del Club Náutico. Al ser compraventa, entran en juego los cónyuges, salvo que conste en la escritura la renuncia expresa de una parte, y genera ese pequeño gasto derivado del papeleo, pero no un gran impuesto como es la plusvalía o el porcentaje de transmisión de una vivienda....



A ver los abogados qué opinan.
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~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~
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