Respuesta: Ya es primavera en la GC.
Y digo yo, al hilo de lo que ya se ha mencionado... Incluso en el caso de que se aprobase la OM y esta 'permitiese' exigir a determinadas embarcaciones las normas españolas (aun siendo una ilegalidad) ¿no sería, más que ilegal, una auténtica burrada el abordaje de un barco de pabellón extranjero por parte de la GC? En todo caso, se podrían aproximar y preguntar educadamente primero por la residencia del patrón, y en caso de ser española, preguntar si tiene todo el material de seguridad exigible. Y luego estaría el tema de ver cómo una embarcación belga u holandesa puede tener un certificado de navegabilidad español, y por ende una ITB, sin estar matriculada... Y cómo un instalador o estación de inspección autorizada puede firmar un certificado para una embarcación extranjera. En los detalles está el diablo, que dicen.
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur
...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos.
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