Cita:
Originalmente publicado por Marcos Montesier
No estaria de mas preguntarle su opinion personal al respecto de la om, ademas esta en Palma, una de las capitanias con mas barcos de fuera.
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Pues mira, ahora mismo estamos colaborando en algunos asuntos que atañen a barcos de clientes nuestros.... es decir, que cada uno representa a una parte, la verdad es que piensa exactamente lo mismo que yo, lo mismo que vosotros, y lo mismo que Anavre, que esta norma tal como está es un retroceso en vez de un avance, y exactamente igual que otros juristas y yo mismo (que estoy partiéndome la cara junto con el otro abogado miembro de la JD de Anavre y el resto de la Junta en este asunto desde el primer día, también piensa que lo de aplicar la normativa española a los barcos de pabellón extranjero es de traca.
Por otra parte, repito que Anavre propugna la retirada del proyecto y la convocatoria de una mesa que permita una regulación completa y específica de la náutica de recreo de acuerdo con su naturaleza y que, sólo subsidiariamente, propondrá modificaciones al texto, modificaciones que consistirán en la supresión del artículo que extiende la aplicabilidad de la normativa española a barcos de pabellón extranjero, por una parte y; por otra, una serie de propuestas de modificaciones, supresiones y adiciones de texto al proyecto en lo que a las normas aplicables a barcos españoles se refiere, de modo que resulten más lógicas en lo que a exigencias de equipos se refiere y, por otro lado, una revisión de la parte que se refiere a las sanciones, puesto que sólo han graduado las graves y se han olvidado de las leves y muy graves, con lo que podemos encontrarnos con un capitán poniendo una multa de 100 € por una falta grave y de 3000 por una leve...



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