Cita:
Originalmente publicado por Svenson
Hombre, en leyes no soy experto, pero el decreto menciona a españoles y residentes, no veo yo esa contradicción.
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Me refiero al artículo 10.2 sorry
2. Los buques, las aeronaves y los medios de transporte por ferrocarril, así como todos los derechos que se constituyan sobre ellos, quedarán sometidos a la ley del lugar de su abanderamiento, matrícula o registro. Los automóviles y otros medios de transporte por carretera quedarán sometidos a la ley del lugar donde se hallen.*
Pero yo sí que no tengo ni p.i. de leyes.