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Originalmente publicado por miguel ibiza alm
Pero teniendo bandera extranjera,es legal hacer un registro sin una orden???  
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. Según la Ley cualquier país ribereño, no sólo España, tiene facultades para perseguir el contrabando y el tráfico de personas dentro de su mar territorial (espacio de soberanía nacional) y hacer persecuciones « en caliente » fuera de las 12'. Lo que no sé es el criterio que siguen para ello. Supongo que una simple sospecha que les permita actuar con arbitrariedad. A día de hoy (ojalá las cosas sigan asi) no te sancionarán por llevar material de seguridad caducado en bandera extrajera, pero si podran llevar a cabo un registro de la embarcación. Desconozco si es posible requerir una orden judicial, pero basta que se la pidas para que te precinten el barco hasta que llegue y te fastidien las vacaciones, por no hablar de la vergüenza que pasarías cuando tus vecinos de pantalán vean tu velero remolcado por la lancha de los migueletes y tú camino a la tocinera.
