Cita:
Originalmente publicado por J.R.
Creo que la legislación española permite que los vigilantes de los cargueros utilicen armamento de hasta 20 milímetros de calibre. Esto da para incluso ametralladoras pesadas de 12,7 milímetros (típicas de la OTAN) o 14,5 milímetros (rusas). Y esas tienen un alcance y una precisión muy superior a la de los RPG. Si yo tuviera que defender un carguero, serían mi primera elección.
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La complejidad legislativas referente a la posesión y utilización de armas a bordo por supuesto está ligada a las aguas territoriales del país en las cuales uno se encuentre. En la mayoría de países del mundo la posesión y utilización de armas para protección de bienes y personas está altamente regulada hasta para las compañías que ofrecen servicios de protección en mar.
Ahora bien hay países donde la legislación en cuanto a armas es draconiana.
Por muestra un botón; he vivido los últimos años en Hong Kong y llevar encima una navaja, tipo Opinel por ejemplo, de cualquier dimensión y medida significa un año de cárcel asegurado....otro ejemplo los fuciles de elásticos para la pesca submarina, otro artículo prohibido a bordo en las agua territoriales de Hong Kong.
Por otro lado están áreas del mundo donde todavía rigen las leyes del más fuerte...por supuesto lo mejor sería no encontrarse en esas áreas....
Saludos
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