Cita:
Originalmente publicado por Mariate
La lista 6ª en absoluto está discriminada, más bien todo lo contrario, entre otras cosas:
1.- Puede desgravar el IVA tanto en la compra de la embarcación como en los mantenimientos que les realice. Y lo más importante, además de poder usar combustible industrial, y aunque lo fuese del normal, también desgravaría el IVA.
2.- Están exentos del impuesto de matriculación.
3.- Exención en algunos casos del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
4.- Su puerto base puede ser cualquier club náutico que los acoja y pagando, a pesar de sus ventajas fiscales, el mismo importe que cualquier embarcación de la lista 7ª de iguales características y reintegrándose el susodicho IVA por lo que siempre pagarán menos, salvo que tengan tarifas especiales de mayor importe.
Otra cosa diferente es que en algunos lugares discriminen a la persona que patronea en régimen de alquiler una embarcación de la lista 6ª fuera del puerto habitual de dicha embarcación o no cumplan con las normas de régimen interno de clubs marítimos subvencionados al menos en parte con dinero de los Presupuestos Generales del Estado y que están dirigidos a otro tipo de embarcaciones.
Entiendo tu cabreo, es lógico, pero también entiendo leyendo tu intervención que es una situación que ya conoces, por lo que lo único que te queda es ser más previsor y cuándo programes tus salidas y reserves algún punto de atraque hagas saber dicha situación y poder asegurarte que tienes atraque en un puerto dónde admitan a barcos de la lista 6ª, al menos te evitarás tan desagradables situaciones.
¿Qué es injusto? Tal vez, tan injusto como el que un propietario de un barco de la 6ª no pueda usarlo para disfrute personal en esos días en que no alquila esa embarcación de su propiedad.:
|
Hola Mariate,
Completamente de acuerdo con lo que cito que expones, con dos matices por mi parte:
- Obviamente, el título del hilo es solo eso, el título. La lista 6a sí que está discriminada. Por supuesto que no en todo, pero sin duda alguna SÍ para aquellos que charteamos con ella por parte de la Comunidad Valenciana que ha impuesto esa obligación a los Club, como explicaba en la primera entrada. A eso solo me remito. Obligación que no es justa con los usuarios de barcos en lista 6a en comparación con la 7a, y que no se motiva en este caso, a pesar de lo dicho por el cofrade Marcos Montesier, en posibles casos de juerguistas incómodos, cuyo patrimonio no es por cierto exclusivo de una sola lista
- La situación la he conocido in situ. No antes. Y claro que no me queda otra que planificarme y ajustarme a la situacion discriminatoria. Que no por haber muchas otras discriminaciones deja de serlo o lo es menos.
Unas copichuelas.