Me parece coherente esa norma, pero siempre bajo la interpretación que hace Jaime de ella.
Lo que podría considerarse una clara discriminación (a mi entender) es que se impida el amarre en general a un barco, solo por ser de lista 6ª en un Club Naútico, pero se permita en una Marina privada, y esto se ponga en los pliegos de condiciones de las concesiones, y si lo imponen desde la administración todavía es mas discriminatorio si se exige como condición ...
Otra cosa es como comenta Markuay,que ese club decida en junta que no van a dar amarre a barcos de lista sexta, en ese caso juega la libertad del club como asociación privada para decidir dar o no amarre, y cada uno en su casa pone las normas que quiere, pero si se trata de un ente publico se podría tildar de discriminatoria para los profesionales del charter de la comunidad valenciana, en todo caso cosas peores se han visto, si realmente les perjudica ya se moveran los profesionales del sector para que se aclare el asunto...
En todo caso, también podría ser una maniobra para que poco a poco el negocio de los charters solo revierta en las marinas privadas y no en los clubes nauticos, hay que pensar que se podría llegar incluso a acuerdos entre empresas de charter y ciertas marinas que esten en la ruta sur o norte de las travesías tipicas de los charteristas y podrían acordar ciertos privilegios o precios especiales o cualquier historia para favorecer que los cruceristas de charter paren en ellas y dejen alli y en los negocios de la zona sus eurillos...
