Cita:
Originalmente publicado por Pebeju
Gracias Bertie!
Mi pareja tiene nacionalidad polaca y mantiene la residencia allí, pero es verdad que también tiene la española y también está empadronada aquí.
Todo esto sería más fácil con una única bandera azul y estrellas doradas. Pero no lo veremos ...
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Tu pareja puede tener doble nacionalidad, pero la residencia es única. Si está empadronada en España, tiene residencia española: puesto el barco a su nombre le toca pagar ITP y IEDMT.
Si aprueban la infame OM y no conseguimos tumbarla, hasta las 12 millas le afecta tanto si el propietario como el patrón tienen la residencia española. Por ejemplo:el Presidente de la República de Polonia es tu suegro, y viene a visitarte a España con su (propiedad de él) velero polaco con bandera polaca. No pasa nada. Te lleva a dar una vuelta y coges el timón:

Patrón residente en España... a tomar polculo la inmunidad diplomatica, el derecho marítimo internacional, el Codigo Civil español... abordaje de la GCM y revisión de todo. Resultado: multa por llevar la caja de tiritas caducada y no estar homologadas por un amigo de la DGMM.
sí, ya sé, esto es pa ir a mear y no echar gota...