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Antiguo 24-09-2018, 12:03
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Erikblade Erikblade esta desconectado
Corsario
 
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Predeterminado Re: Cambios en la normativa DGMM

ah y en referencia a lo que se ha dicho, o se cree por este foro, yo personalmente no aplaudo que se legisle sobre banderas extranjeras en un carácter malicioso.
Es mas opino que aun navegando con bandera comunitaria existen numerosas ventajas.
por un lado, según el borrador que ha sido publicado hasta la saciedad, las embarcaciones comunitarias solo deberían cumplir con lo estipulado hasta 12 millas (mar territorial) que es de seguro que todos si no todos lo llevais y de sobra.
a partir de ahí os regis exclusivamente por vuestra bandera.
dentro de las 12 millas si llevais balsa sin revisar no os pueden decir nada, al igual que a un español, ya que no es equipo obligatorio por zona de navegación y lo dice bien claro en el apartado de sanciones "De conformidad con el artículo 307.2.b) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, constituyen infracciones administrativas graves, cuando fuera obligatoria su tenencia a bordo de la embarcación de recreo, no disponer de, o no cumplir su función, los siguientes equipos reglamentarios:"
independientemente de la zona de navegación exentos de ITB= sacacuartos, etc
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