Cita:
Originalmente publicado por dr.spooky
Hola
Desde aquí mi apoyo a ANAVRE, y si al final deciden abrir una cuenta bancaria para ayudar económicamente para ir a los tribunales para tirar esta Orden Ministerial, yo haré la aportación que buenamente pueda realizar, espero que no pongan aportación mínima de 100 euripides. Y si al final no consiguen los recursos económicos para llevar esta OM al los tribunales, pues perfecto, habré hecho mi pequeña contribución a ANAVRE y que esa aportación se la gaste en lo que mejor consideren.
Sobre la famosa D5. Espero no meterme en camisa de once varas, según he leído, y como no soy jurista, lo que voy a escribir es lo que mis pocas entendederas han llegado a entender, por lo que evidentemente no es catedra.
El problema es que según que juristas, te dicen que el estado puede actuar sobre sus ciudadanos (nacionales o residentes). Así que si por ser español (también puedes tener doble nacionalidad) o residente, el estado español dice que debes de tener un título náutico para navegar en sus aguas, debes de tenerlo.
Pero hay otros juristas que defienden que hay que cumplir con las leyes del pabellón.
Por lo que si entre ellos que son los que entienden no lo tienen claro, te puedes meter en tribunales, y te toca un juez que tiene la interpretación de que el estado puede legislar sobre sus ciudadanos, pues date por fastidiado.
Otra cosa muy distinta es que el estado español legisle sobre cosas que no son suyas (buques, aeronaves, trenes, etc, etc). Ahí hasta nuestras propias leyes nos prohíben legislar sobre dichos asuntos, en este tema, por lo que he leído no hay ningún tipo de duda ni fisura.
Sobre que ha hecho ANAVRE, pues que yo sepa, gracias a ellos, podemos abanderar en otros países miembros de la UE.
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Mi opinión, es que hay lo que se llama la primacía de las leyes. En el caso de España, la norma que está en la cúspide es la Constitución. Pero cundo España firma el tratado de adhesión a la UE acepta que las directivas europeas serán integradas en el ordenamiento jurídico español OBLIGATÓRIAMENTE. Tal es así, que cuando colisionan con apartados de la Constitución pues como ya se vió, HAY QUE CAMBIAR LA CONSTITUCIÓN.
Así, que de facto, aunque sobre el papel la Constitución es la máxima norma en el ordenamiento jurídico español, en la práctica son las directivas europeas. En caso de no ser incorporadas, el estado español tiene que pagar multas diarias hasta su incorporación al ordenamiento.
La directiva que garantiza la igualdad de derechos de todos los ciudadanos de la UE, queda totalmente vulnerada con la D5. Pensemos en un ciudadano Belga que viene y navega en las aguas frente a Valencia el mes de agosto y, otro ciudadano Belga residente en Valencia el mes de agosto, para navegar por esas aguas tiene que tener un título. No se tu, pero yo veo claro que no hay igualdad de derechos.
Ya no te digo nada, si se ponen a exigir material a unos barcos abanderados en otros estados y con distintas exigencias y, no digamos si entramos a estudiar las exigencias de dicho material, que en muchas ocasiones puede no ser compatible. Imaginemos una radio homologada por la DGMM y que no esté homologada en Bélgica. ¿que legislación es la aplicable? evidentemente la bandera. La normas han de ser generales y aplicables en todo tiempo y generalidad. Es evidente que ésta norma no es aplicable, por lo tanto ya aquí sería inválida. Y así podriamos ir sacando los colores a los lerdos que han pensado esto para contentar unos beneficios espúreos de cuatro, bajo la siglas de la seguridad.