Lo intentaré resumir, pero es que la normativa española es tal galimatías que casi te tienes que sacar un máster en derecho marítimo para dar unos bordos...
El punto clave es que la OM no se sabe hasta dónde va a llegar, aunque su intención es precisamente "disuadir" a la gente de abanderar en otros países comunitarios. A fecha de hoy, la cosa es sencilla: el barco tiene que cumplir con las regulaciones de su país de bandera y punto pelota, pero eso es lo que quieren cambiar.
Y sobre el coste del equipo homologado... pues como las bofetadas, y depende de la zona de navegación para donde lo quieras. Aquí tienes un resumen, pero creo que (a pesar de ser oficial de Salvamento Marítimo) tiene algún error:
http://www.salvamentomaritimo.es/seg.../normativa.pdf
Y si luego entramos en el tema radio, plotter, GPS, la cosa se complica exponencialmente. Mejor utilizar el buscador del foro, porque este tema se ha tratado muchas veces.
Pero ojo, que esto es
si quieres abanderar el barco en España. Actualmente no lo necesitarías con pabellón polaco. Y si entra en vigor la OM, pues no se sabe cuánto de todo esto podrían exigir. En principio, sería un absurdo legal que un barco polaco tenga un certificado de navegabilidad español, con su ITB, pero nunca se sabe.
¡Mucha suerte con todo! Como ves, aquí lo más difícil es "navegar" en los temas administrativos.