Cita:
Originalmente publicado por Trotamar
Lo que no veo nada claro es lo de deducirse las cuotas del leasing ni a efectos del IS ni en el IVA a menos que seas una empresa de charter y con las limitaciones en el uso particular que conlleva.
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Totalmente de acuerdo. Yo tengo una S.L. cuya actividad no tiene nada que ver con la nautica y mi gestor me dijo que no podría deducirme nada de nada.
Opté por 2a mano y ni la compra ni los gastos de mantenimiento (combustible, seguro, revisiones...) puedo pasarlos por la empresa; esto actuando de manera legal segun mi gestor