Ver mensaje
  #829  
Antiguo 03-10-2018, 20:38
Avatar de LP706
LP706 LP706 esta desconectado
Corsario
 
Registrado: 27-10-2006
Edad: 70
Mensajes: 1,965
Agradecimientos que ha otorgado: 73
Recibió 372 Agradecimientos en 226 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Respuesta: Re: Resumen Procedimiento Cambio Bandera Belga

Cita:
Originalmente publicado por Karonte1888 Ver mensaje
; autorización para un talkie con distress que tiene certificado CE, valido en toda la CEE (-1) y que en DGMM española no es legal por no tener su visto bueno/mordida económica. :
https://www.boe.es/diario_boe/txt.ph...E-A-2016-12273

¿No lo pillas? La directiva se transpuso a la legislación Española en 2016, desde esa fecha los equipos con marcado CE son válidos en España.


Artículo 4. Requisitos de los equipos marinos.
1. Los equipos marinos que se instalen a bordo de los buques especificados en el apartado 1 del artículo 3 deberán cumplir los requisitos de diseño, construcción y rendimiento establecidos en los instrumentos internacionales exigidos en el momento de la entrada en vigor de este real decreto.

Artículo 6. Funcionamiento del mercado interior.
El Ministerio de Fomento no podrá prohibir la comercialización ni la instalación a bordo de buques de otros Estados miembros de la Unión Europea de equipos marinos que cumplan lo dispuesto en este real decreto, ni podrá denegar la expedición de los certificados correspondientes a los buques abanderados en España, ni la renovación de dichos certificados.

Editado por LP706 en 03-10-2018 a las 20:41.
Citar y responder