Re: Paises que permiten banderas de conveniencia.
Un barco abanderado en un país no miembro de la U.E. puede estar en aguas comunitarias disfrutando del régimen de importación temporal por un plazo de 18 meses. Este plazo puede alargarse si las embarcación se precinta.
Pasado ese plazo, si la embarcación no sale de aguas comunitarias se debe pagar el IVA.
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