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Originalmente publicado por Bertie
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Complejo asunto.
Si traes un barco de fuera de la unión y se paga el
IVA de importación, lo
que estamos haciendo, como su propio nombre indica, es importar el barco.
Por lo que me huele, a que en ese acto, habrá que abanderar en España.
Y ya ni me imagino, si el barco está abanderado en España, con su IVA pagado,
lo abanderas en un país extra-comunitario (que no deja de ser una exportación)
y lo vuelves a traer a España (aunque nunca haya salido de ella). La solución
que pueda a aplicar nuestra administración, es impensable. O si: que vuelvas
a abanderar aquí otra vez o salgas a los "X" meses de la UE.
No deja de ser complejo el asunto (al menos para mi).
Salud y
