Cita:
Originalmente publicado por Javi-Miss Regina
.... tú pagas el IVA para importar ese bien ( en este caso un barco), no para abanderarlo en España ....
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Ahí puede estar el problema, que te obliguen a abanderarlo en España cuando
lo importas. Esto habría que consultárselo a un abogado especializado en el
tema. No es lo mismo cuando la bandera es de la UE, ya que hay libre circulación
de bienes, que cuando se trata de fuera.

¡Ya saldremos de dudas!.
Salud y
