Cita:
Originalmente publicado por Jadarvi
¿Habéis preguntado en Aduanas? Yo sí, la respuesta es que consideran que un abanderamiento en un país no UE es una exportación a territorio extracomunitario y se pierde el estatus de IVA pagado, por lo que podrías encontrarte con la exigencia de volver a pagar el IVA. Es algo más complejo pero, en esencia, lo ven así salvo que los tribunales les digan lo contrario
Lamento el jarro de agua fría...   
|
Gracias por la aportación. Efectivamente en Capitanía deben informar de temas de policía, registro, abanderamiento, ...., y en Aduanas (Hacienda) sobre tributos. Las opiniones de los Capitanes marítimos sobre la aplicación de impuestos además de ser una temeridad emitirlas son totalmente irrelevantes, como también lo son las de Aduanas sobre el armamento de seguridad de un barco.