Cita:
Originalmente publicado por El Temido II
 Makoki. Te refieres a esto:
26) ¿Cuánto tiempo puede estar un barco de bandera no comunitaria en aguas españolas?
Un barco abanderado en un país no miembro de la U.E. puede estar en aguas comunitarias
disfrutando del régimen de importación temporal por un plazo de 18 meses. Este plazo puede
alargarse si las embarcación se precinta.
Pasado ese plazo, si la embarcación no sale de aguas comunitarias se debe pagar el IVA.
Va en la línea de lo que comentaba. Llegado el momento, será cuestión de
estudiar el tema. Para quienes vayan a abanderar el barco por primera vez
y pretendan navegar con cierta asiduidad por el Caribe o algún otro mar
tropical, la idea de la bandera no UE, puede tener ciertas ventajas.
Salud y 
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sí , quería decir el apartado 26 de este articulo