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Antiguo 22-10-2018, 20:24
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Jadarvi Jadarvi esta desconectado
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Originalmente publicado por SURPRISE1492 Ver mensaje
Muchisimas gracias Jadarvi. ....no sabes lo que te agradezco tú gran explicación.
.No se si conseguiré la información que comentas, para conocer de primera mano como está la situación......siempre que lo he intentado ponen muchas pegas pero creo que merece la pena intentarlo...la verdad es que los particulares lo tienen a un precio espectacular.....no sé si por miedo o por qué.....

estas son para ti...de mi cuenta...
MIL gracias.
En el caso de los particulares, y también si lo compras directamente al puerto, yo te aconsejaría contratar un abogado que examine sus títulos de propiedad y las condiciones de cesión de los mismos. Aunque en realidad los amarres no se pueden comprar porque se trata de concesiones temporales sobre dominio público y bla, bla, bla... pero sí tienes que examinar los contratos de adquisición de los derechos de amarre de particulares y, en el caso del puerto, bajo qué autorización se transmiten.

Además, normalmente, en el caso de los contratos de transmisión de amarres entre particulares, los puertos ponen cláusulas que explican bajo qué condiciones esos amarres se pueden transmitir a terceros, por lo que al final siempre suele haber algún tipo de potestad por parte del puerto para limitar, vetar o aprobar esas transmisiones,.. potestad que ahora tendría el administrador concursal.

salud!
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