Cita:
Originalmente publicado por Dajlag
Gracias!!
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Se legisla sobre lo que un particular tiene que hacer fuera del país... como son las 12 millas náuticas...
Entiendo que especialmente en temas de seguridad, para embarcaciones a titulo lucrativo y para obtener los permisos de explotación comercial, el estado puede exigir a la empresa X requisitos o simplemente no le da el permiso para operar en su territorio, con el objetivo de proteger al consumidor
¿Pero a particulares, fuera de su territorio?
Eso es como decir que un Español por vivir en España si va a Europa mientras esta fuera tiene que llevar una linterna en el coche o podría ser sancionado cuando vuelva a entrar, pero un francés no tendrá ningún problema aunque conduzca media vida por España...
O un caso mas real, me puedo ir a dar la vuelta al mundo en mi velero de 8m, con mi bandera Española y estaré cumpliendo la ley en todos los países del mundo MENOS cuando vuelva a entrar en España...
Mas allá de que sean sensatas todas las cosas que piden, o la mayoría de estas, en su justa medida.
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Dejando aparte que la legislación náutica y la "terrestre" tienen diferencias fundamentales, recuerdo que hace años para circular por Francia era obligatorio llevar un alcoholímetro en el coche. Era una chorrada que costaba 3€, y te lo podías comprar en las gasolineras fronterizas. Efectivamente, Francia puede aplicar la legislación que considere oportuna en sus carreteras y autopistas. Pero ahora imaginemos que fuese obligatorio sólo para los residentes en Francia. ¿Tendría alguna lógica?
Pues lo mismo aquí. ¿A que no tienen .... para obligar a TODOS los barcos que naveguen por aguas españolas a cumplir las normas de seguridad locales, independientemente de la residencia del patrón o armador?