Hola cofrades

Este decreto es una ocurrencia que solo persigue fines electorales. No se puede prohibir algo solo porque puede ser utilizado para fines ilícitos, ¿A alguien se le ha ocurrido que prohiban los aviones, helicopteros, coches, camiones, furgonetas, veleros, pesqueros,ultraligeros... que todos sabemos que tambien se utilizan para estos fines?. Es que por ese principio van a prohibir los cuchillos jamoneros por si acaso o las piedras del campo ¿y qué van a hacer si tienen bandera Inglesa, de Portugal, Francesa o de cualquier otro estado? ¿Se van a saltar los tratados internacionales?, ¿Y el derecho de paso inocente? ¿Van a obligar a otros paises a prohibir estas embarcaciones?.
Pero es que en este párrafo "
El Real Decreto-ley afecta a las embarcaciones neumáticas y semirrígidas de alta velocidad de más de ocho metros de eslora, así como a las de longitud igual o inferior que cuenten con una potencia máxima igual o superior a 150 kilovatios, y a cualquier otra embarcación, con independencia de dimensiones y potencia, si existen indicios racionales enumerados en la propia regulación de que pueden ser utilizadas para cometer o facilitar la comisión de un delito de contrabando.". Están incluidas todas las embarcaciones posibles. ¿Ahora todos somos sospechosos?, ¿quien va a determinar si hay indicios racionales?.
¿Y qué va a pasar con los fabricantes de motores y de este tipo de embarcaciones?.
Este decreto solo perjudica a los que NO delinquen o sea a empresas y particulares y poco van a hacer contra el narcotráfico y la trata de personas ¿o es que a una mafia le va a importar estar un poco más fuera de la ley?.
¿En qué estarían pensando los lumbreras que han sacado esto?
¿Y qué opina anavre al respecto?
Fuente
http://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2018/refc20181026.aspx#lanchas