Cita:
Originalmente publicado por Bertie
Dejando aparte que la legislación náutica y la "terrestre" tienen diferencias fundamentales, recuerdo que hace años para circular por Francia era obligatorio llevar un alcoholímetro en el coche. Era una chorrada que costaba 3€, y te lo podías comprar en las gasolineras fronterizas. Efectivamente, Francia puede aplicar la legislación que considere oportuna en sus carreteras y autopistas. Pero ahora imaginemos que fuese obligatorio sólo para los residentes en Francia. ¿Tendría alguna lógica?
Pues lo mismo aquí. ¿A que no tienen .... para obligar a TODOS los barcos que naveguen por aguas españolas a cumplir las normas de seguridad locales, independientemente de la residencia del patrón o armador?
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Estoy de acuerdo contigo en lo que explicas, pero creo que no es lo que yo estaba diciendo.
Me refiero, el punto (2) dice que España legisla FUERA de España, osea, me parece normla que Francia diga que tienes que llevar un alcoholímetro en Francia, lo que no me parece normal es que Francia diga que tienes que llevar un alcoholímetro en España.
Y a mi entender esto es lo que hace España al legislar fuera de su territorio de 12 millas
No se si me explico