Ver mensaje
  #3  
Antiguo 19-02-2008, 22:39
Avatar de Capità Drake
Capità Drake Capità Drake esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 22-07-2007
Mensajes: 934
Agradecimientos que ha otorgado: 76
Recibió 94 Agradecimientos en 50 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Preguntas sobre zonas de navegacion (va por Inspectorate)

Gracias Inspectorate. Muy util.

Sobre la pregunta 1 no es exactamente el supuesto que yo planteaba. He vuelto atras y he visto que no me habia explicado bien. Mi barco tenia un unico WC y para matricularlo lo retire (porque no me gustaba la idea del deposito y en el barco de un amigo habia comprobado que olia) y compre uno quimico. Luego vi un post de un cofrade (creo que Questionsailing) en que decia que en un barco con un solo WC, lo mantuvo tal como estaba sin deposito y compro uno quimico. Y su arguemnto era:
- si navego a menos de 12 millas, uso el quimico.
- si navego a mas de 12 millas, uso el normal (sin deposito) con descarga directa.

Mi pregunta queria ser si esto es legal. No obstante, como has puesto la referencia he ido a mirar la orden y mi conclusion es que:
1. norma: articulo 23.1: si hay WC es obligatorio el deposito (con unas condiciones concetas).
2. excepcion: articulo 23.2.a: "En las embarcaciones con más de un aseo, ya matriculadas, que tengan dificultades, por motivos de espacio, para la conexión de todos los aseos, al menos uno de los aseos estará conectado con los depósitos fijos o instalaciones". O sea, que, salvo que opines lo contrario, lo que yo planteaba (un WC sin deposito y uno quimico, para usar uno u otro en funcion de la zona) no es legal porque para que haya un WC sin deposito tiene que haber al menos otro con.

Lo dicho: muchas gracias de nuevo por tu ayuda. Me pongo en marcha con la baliza y la bomba electrica.
Una ronda del mejor vino y del mejor jamon de la casa!
Citar y responder