Cita:
Originalmente publicado por KUMI
Totalmente de acuerdo. Yo tengo una S.L. cuya actividad no tiene nada que ver con la nautica y mi gestor me dijo que no podría deducirme nada de nada.
Opté por 2a mano y ni la compra ni los gastos de mantenimiento (combustible, seguro, revisiones...) puedo pasarlos por la empresa; esto actuando de manera legal segun mi gestor
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Efectivamente. Si no tienes una empresa que pueda prestar algún tipo de servicio náutico (o justificar un uso del barco) lo tienes más complicado. Aun así una empresa puede comprar un barco y matricularlo en lista 7ª (no en 6ª si no lo vas a chartear) pagar todos tus impuestos religiosamente y luego usarlo para propósitos no de alquiler... por ejemplo, bienestar de sus empleados

, investigación, unión de delegaciones, comunicaciones electrónicas en el ámbito náutico. Por supuesto, en el caso de una inspección tienes que tener todo muy bien argumentado y documentado.
