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Originalmente publicado por javichi
¡Buenos días!
Si observamos con atención, estos cambios son muy significativos dado que, en la primera y segunda categoría se ha eliminado "de la costa española", significando que los poseedores del certificado de especialidad PPER pueden navegar , prácticamente, en todo el mundo.
Además, los poseedores de la categoría 2, podrán realizar navegaciones de cabotaje, lo que significa que pueden ir a cualquier puerto español desde cualquier punto de España. Por ejemplo, de Canarias a la Península, de Andalucía a Galicia.
Un cordial saludo,
Javichi 
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Bueno , para navegar en aguas de otros países, éstos países tendrán primero que reconocer sus titulaciones. Las titulaciones reconocidas suelen ser las que cumplen stcw y no obtienen los días de navegación mediante una declaración responsable (lo juro por snoopy he navegado tropocientas millas

) .Por la misma razón creo que ningún estado del pabellón medianamente serio aceptará esta clase de titulados en sus barcos (salvo españistán claro).
está bien querer vender la moto, pero por favor un poquito de rigor