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Antiguo 14-11-2018, 18:06
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Corsario
 
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Predeterminado Reglamento de la CEE piedra en el zapato.

"...El Reglamento (CEE) 613/91 del Consejo relativo al cambio de registro de buques dentro de la Comunidad Europea, limita también la libertad de las autoridades marítimas españolas para la inscripción de buques y el otorgamiento del pabellón, puesto que les obliga a permitir el cambio de registro siempre y cuando el buque mercante registrado en otro Estado miembro cumpla los requisitos establecidos en materia de seguridad y prevención de la contaminación y esté provisto de certificados válidos y equipos autorizados u homologados en el país de origen del buque..."


Si un barco ha cambiado de registro dentro de la CEE, tiene los requisitos en materia de seguridad y prevención de la contaminación, tiene los certificados válidos y equipos autorizados y homologados. Por tanto cualquier maniobra que directa o indirectamente intente que este barco, vuelva a cumplir con normas más exhaustivas es un fraude de ley. Vemos que el reglamento habla de "buques mercantes" pero España cae en su propia trampa, ya que la DGMM no diferencia entre mercantes y recreo.



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2 Cofrades agradecieron a kuovadix este mensaje:
Chemaximus (16-11-2018), Javi-Miss Regina (14-11-2018)