Re: Reglamento de la CEE piedra en el zapato.
Perlas del citado reglamento:
Considerando que el establecimiento y el funcionamiento del mercado interior exigen la eliminación de las barreras técnicas a la transferencia de buques entre los registros nacionales de los Estados miembros; que se requieren también medidas para facilitar el cambio de registro de buques dentro de la Comunidad con objeto de evitar los costes y trámites administrativos que supone para los armadores europeos el cambio de registro dentro de la Comunidad y a fin de mejorar así las condiciones de explotación de los transportes marítimos de la Comunidad y la competitividad de su flota;
Considerando que, por lo tanto, ningún obstáculo de índole técnica debe impedir la transferencia, entre registros de los Estados miembros, de un buque con pabellón de un Estado miembro y reconocido conforme a las normas establecidas en esos convenios internacionales;
Resulta que España pretende realizar una OM que sea mucho más restrictiva de la flota de recreo que lo que se exige a la mercante y, que va directamente en contra del espíritu que inspiran los diferentes reglamentos de la CEE.
ES QUE ESPAÑA, ES ESO, UNA ESPAÑOLADA.
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