Que manía con confundir y meter hacienda por medio. Veamos si queda meridianamente claro TODOS LOS QUE HEMOS REALIZADO EXPORTACIÓN TEMPORAL POR ABANDERAMIENTO, TENEMOS PAGADOS TODOS, TODOS, TODOS, TODOS, LOS IMPUESTOS y esto está acreditado en los papeles que capitanía libra cuando te da los mismos para la exportación. Por tanto, estos barcos pueden ondear la bandera que quieran donde quieran, pagando solamente los gastos que genera el abanderamiento, que no impuestos, en todo caso serán los impuestos de mantener el abanderamiento, pero no los de la compra del barco, o en referencia al mismo.
Que, se ha entendido? y vuestra muñeca tambien?
