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Antiguo 19-11-2018, 19:17
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Predeterminado Re: Ya empieza a quedar claro.

Cita:
Originalmente publicado por Erikblade Ver mensaje
Con la info facilitada por el cofrade he sacado esto de Holanda
Embarcaciones de recreo en el mar
Para navegar con una embarcación de recreo en el mar, el patrón debe tener los conocimientos y habilidades suficientes para poder emprender con seguridad el viaje previsto.

Definición de embarcaciones de recreo.
Las embarcaciones de recreo son embarcaciones que se utilizan exclusivamente como tales y no transportan pasajeros por una tarifa. Los barcos charter no son barcos de recreo. Esta es la definición según la Ley de Naves.

La carta del mar no siempre es obligatoria
No es obligatorio que las embarcaciones de recreo que navegan en el mar tengan una carta marítima (para los barcos que operan en condiciones comerciales). Para embarcaciones de recreo que realicen viajes marítimos internacionales, es recomendable solicitar una carta marítima.

La razón de este consejo es la siguiente. Antes de la emisión del certificado de registro, la propiedad está registrada en el Registro de la Propiedad. La propiedad está legalmente asegurada, lo que ofrece seguridad. Además, debe haber una persona de contacto en los Países Bajos que sirva como punto de contacto para las autoridades holandesas. La letra del mar da derecho a utilizar la bandera holandesa. La navegación internacional con un barco marítimo sin nacionalidad puede causar problemas, por ejemplo, al visitar puertos extranjeros y en caso de calamidades. Un certificado marítimo es prueba de la nacionalidad del buque de navegación marítima y comparable a un pasaporte para un buque de navegación marítima. Poseer una carta de mar evita problemas en el extranjero.

Procedimiento de la carta de mar.
El ILT evalúa si la propiedad del barco cumple con el Artículo 311 del Código de Comercio. Esto da como resultado una declaración de nacionalidad con la cual el barco debe registrarse en el Registro de la Propiedad dentro de un mes . Después de colocar la marca en el barco y el registro final en el Registro de la Propiedad, se emite el certificado de registro.

Pues según esto que pones, todas las gestorías a las que se les ha contratado el abanderamiento en Holanda aparentemente han timado a sus contratantes. Porque por lo que dicen a ninguno de ellos se les ha dado la carta de mar del ILT. Me parece que estas gestorías o tienen que devolver el dinero o han realizado una estafa en toda regla. Diferente es si no existiera un registro oficial, pero existiendo el ILT y dando opción como da, a ondear la bandera, que es en definitiva lo que se les ha contratado y, es lo que tenían que haber realizado.
Si yo publicito " realizo abanderamiento en Holanda", me lo contratan y, me voy a la churrería de al lado que me emite un certificado, que no da derecho a abanderamiento...pues es una estafa.
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