Cita:
Originalmente publicado por ddelgrac
Buenas Cofrades,
Además del tema del ICP, que según la interpretación puedes o no enarbolar la bandera Holandesa y puedes o no navegar a menos/mas de 12 millas.
Si tienes el MMSI dado de alta por el ministerio de telecomunicaciones holandés, no es una muestra clara de que el ICP es totalmente legal como hasta ahora?
Por qué digo yo, si no fuera legal, porque no anulan o dejan de renovar todos los MMSI que tienen el ICP como Drug o not applicate?
Por que el MMSI ya no lo da una asociación de navegantes, si no que es el propio ministerio.
Si te vas a otra bandera de conveniencia o vuelves a españa, no te aceptaran un mmsi de otro país.

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Porque el ICP, al quedar solo como registro de propiedad, válido 100% en aguas holandesas, no es incompatible con el MMSI holandés.
Por analogía, en el caso de "inscripción" de embarcaciones recreo <12 metros que se puede realizar en España, (que no permite salir al extranjero, ya que no da abanderamiento), pero si puedes tener un MMSI español.
El problema hoy es tener un ICP "nuevo" y navegar fuera de aguas holandesas.
Un saludo.