Hola a todos.
Veo bastante confusión en todo esto.
Como les puse hace algún tiempo sobre este tema, estuve
en una charla que dio el presidente de Anavre a los navegantes
de mi zona , se que lo están haciendo por varias provincias.
Por lo visto, el ICP sigue siendo totalmente legal dentro de
aguas europeas , y lo de no enarbolar el pabellón, efectivamente,
no da derecho a enarbolar el pabellón bajo las condiciones del artículo
91 de la convención UNCLOS y si bajo la resolución 13 de la
CEPE/UNECE.
Este hombre nos explicó la diferencia de enarbolarlo de una y otra
manera y la verdad es que es un abismo, ya que de una manera
lo enarbolabas como territorio holandés y de la otra como registro
holandés, no como territorio, y cumples la normativa holandesa, que
es la del registro, además, es totalmente legal pero dentro de aguas de
la unión europea.
Espero haber sido de ayuda.
