Una empresa alemania (como ejemplo) puede vender a un cliente en España. Ahora bien, lo que existía es, que si una empresa tiene más de cierto volumen de ventas en España (como ejemplo), se tenía que registrar con hacienda en España (o el país de ventas con el volumen. Y en ese caso, cobrar el IVA del país destino. Vamos, lo que hace Amazon entre otros.
Ahora bien, si la empresa no llega al volumen de ventas en España requerida, no tiene que registrarse con hacienda en España y podría aplicar el IVA del país de origin o en ciertos casos, sin IVA.
Entiendo que la nueva Directiva EU facilita aun más la venta entre toda la EU. Esto es bueno para el consumidor y bueno para el que quiere vender fuera.
Ahora bien, lo más importante de esto para mi es lo de la discriminación que existía entre nacionales, residentes y no residentes, y como va afectar las banderas de coherencia y los impuestos de matriculación para los que compren embarcaciones y mantienen la bandera fuera.
