Cita:
Originalmente publicado por Apagapenol
Buenas noches, cofrade:
España, que no ha ratificado la Resolución 40 de la UNECE, sin embargo sí reconoce el ICC.. y no sólo eso, sino que lo hace a quien le da la real gana.
En efecto, sólo Bélgica, Reino Unido e Irlanda, entre todos los países que emiten el ICC a sus ciudadanos y residentes, aparecen mencionados en el Anexo IX "Títulos expedidos por otros Estados" del RD 875/2014.
¡Ah, la coherencia...!
Saludos y 
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efectivamente acabo de leer el anexo que mencionas y si acepta el ICC emitido por la RYA (International Certificate for Operator of Pleasure Craft)
y el emitido por la Irish sailing association en Irlanda.
lo de Bélgica pues si international vaarbewijs es eso pues vale pero solo lo considera válido para aguas interiores y tiene que estar emitido por la asociación flamenca de deportes náuticos.
vamos que en resumen es lo siguiente si tienes un ICC emitido en Inglaterra pero no por la RYA si no por la asociación de Su Majestad para la vela (por poner algo no te vale, ídem para el de Irlanda y el de Bélgica(que además añade que solo para aguas interiores). si no están emitidos por ese organismo concreto no es válido.
Pero bueno si no ha ratificado la resolución 40 de la UNECE realmente no tendría porque admitirlo sin restricciones. es decir como España no es firmante de esa resolución, no lo emite y decide si acepta o no y en que condiciones el que emita una entidad concreta.
En fin .... sobran las palabras