Re: Exención responsabilidad de carga abordo
Pues me temo que no, si la hubiese todos los tripulantes de barcos con "cosas ilegales" la tendrian y no habría nunca culpables de nada. Otra cosa es demostrar policial o judicialmente tu inocencia.
Por otra parte el buenismo español, en este caso policial, judicial y ya no digo penitenciario, no es moneda de cambio frecuente en casi ningun sitio, y desde luego no en el Caribe ni los EEUU.
Respecto a la segunda peegunta pues con decirle a cualquiera, familiar o amigo, donde y con quien te embarcas pues suficiente, aunque no creo que valgq para nada.
Pero es solo mi opinión y habrá otras mejores.
Tomás
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