Cita:
Originalmente publicado por MasBarco
maite, ¿podrías aclarar esta cuestión sobre la necesidad de que se concrete la inclusión del salvamento en la póliza?. En mi caso, póliza a todo riesgo, dice... "Queda convenido que la embarcación no será remolcada, excepto cuando necesite asistencia". No me había preocupado este párrafo antes ya que supongo partir de la base de que el único motivo para ser remolcado sea necesitar asistencia. Y lo de que no cubra el salvamento me parece absurdo ya que en caso de no ser 'salvada' la embarcación el seguro tendría que cubrir la pérdida total ¿no?.
Gracias 
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como tu bien dices tu poliza dice que "queda convenido que la embarcacion mo sera remolcada, excepto cuando necesite asistencia" de ahi se desprende que si necesita asistencia podra ser remolcada y por lo tanto el seguro te abona el remolque, ahora bien:
al salvador de tu embarcacion le ampara la Ley para reclamar un premio o recompensa por lo salvado y si la poliza no dice nada de salvamento la cia. no pagara.
GARANTIA DE REMOLQUE= gastos del remolque
GARANTIA DE SALVAMENTO = gastos necesarios para salvr la embarcacion de su desaparicion o destruccioon