Cita:
Originalmente publicado por Boston
Pues así debería de ser en cumplimiento de los convenios marítimos internacionales, y así lo entendemos "casi" todos los que navegamos por estas aguas territoriales, peeeeero...
Resulta que la DGMM tiene publicada una norma, DA 5ª, (claramente ilegal) que obliga a los patrones (españoles o con residencia en este país) que se encuentren al mando de embarcaciones con pabellón extranjero, a poseeer un título español que le habilite para el manejo de tal embarcación de pabellón extranjero.
Y también resulta, que espoleada por las "peticiones viciosas" de los clúster de empresas náuticas, la misma DGMM ha publicado un proyecto de orden ministerial sobre equipos de seguridad a bordo, que también pretenden imponer a las embarcaciones de pabellón extranjero.
En ambos casos, en clara injerencia en la soberanía de los estados de abanderamiento de las embarcaciones con pabellón no español.
Así se las gastan los de la DGMM, para favorecer la facturación de las empresas náuticas. No se paran ante nada, ilegalidades o lo que sea; y contra ésto es contra lo que vamos a palear desde la recién creada asociación de navegantes PAOM.
Por éso, y por una legislación específica para la náutica deportiva diferenciada de la Marina Mercante con la que no tenemos nada que ver.
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Exactamente es lo que curre en todo el mundo, para conducir un coche o gobernar una embarcación hay que tener la titulación que se exige en el país en que te encuentras.
Si en tu país de origen el titulo sale en los chicles, pocos países te lo van a reconocer.
Por ejemplo en USA solo te reconocen el Permiso de Conducir Internacional, ya que para obtenerlo deber tener un Permiso de Conducir "Nacional" emitido con ciertas garantías.
Otra cosa es que las autoridades se metan o no en el título que llevas, pero si hay un accidente verás como se interesan por el asunto.