Hola cofrades:
Hay algo que no se ha terminado de aclarar y agradecería alguna noticia
al respecto. Se ha hablado, que para abanderar actualmente en bélgica,
hay que cumplir UNO de los siguientes puntos:
1 - 50% mínimo propiedad persona física belga
2 - 50% mínimo propiedad persona jurídica belga
3 - El barco ha de estar certificado según CE posterior a 2016
Me sigo preguntando

¿Si el barco es posterior a 2016 y tiene el
correspondiente certificado CE, se puede matricular en Bélgica, aún siendo
propiedad al 100% de un español?.

por vuestras respuestas.
Salud y
