Cita:
Originalmente publicado por El Temido II
Hola cofrades:
Hay algo que no se ha terminado de aclarar y agradecería alguna noticia
al respecto. Se ha hablado, que para abanderar actualmente en bélgica,
hay que cumplir UNO de los siguientes puntos:
1 - 50% mínimo propiedad persona física belga
2 - 50% mínimo propiedad persona jurídica belga
3 - El barco ha de estar certificado según CE posterior a 2016
Me sigo preguntando  ¿Si el barco es posterior a 2016 y tiene el
correspondiente certificado CE, se puede matricular en Bélgica, aún siendo
propiedad al 100% de un español?.
 por vuestras respuestas.
Salud y 
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Pues tras leer la ley belga tal.cual mi respuesta es SI.
Pero no estaria de mas que el interesado se informase mejor por si las moscas