Por lo que he leído según el decreto sacacuartos 1185/2006 en su artículo 7 punto 4 se debe renovar la licencia al cambiar de propietario:
https://www.fomento.gob.es/marina-me...acion-de-barco
https://www.fomento.gob.es/recursos_..._1185_2006.pdf
Es que resulta que es una licencia de estación de persona, llevamos una aradio entre las cejas y hay que homologarla. Lo de poner "de barco" en el título es por disimular.En fin ... cosas veredes, Sancho.
Brindo pero solo por echar un trago, no os vayáis a creer.
