Re: Alternativas al Marcado CE según el RD 1435/2010
Hola Pebeju y compañía.
Sintiendolo mucho, a día de hoy no creo que haya más formulas que las que se dictan en el RD 1435 que has enunciado. Y al final, simplificando se reducen a dos:
Si es barco sin marcado CE (bien por importación, bien porque te lo has fabricado tú) necesitas un CE postconstrucción, que consiste en que un ingeniero te hace un proyecto comprobando y justificando que tu barco cumple con las ISO (Directiva Europea 2013/53/UE) y despues una empresa certificadora tipo Eurocontrol comprueba que el proyecto y el barco se corresponden y emite el certificado pertinente.
Si es barco procedente de la Unión Europea, previo al 6 junio del 1998 (creo recordar) no necesita marcado CE postconstrucción. Con el proyecto técnico de un ingeniero y con la inspección de la capitanía en la que matricules puedes abanderar el barco.
En cualquier caso vale un dinerillo que como es lógico va en función del tamaño del barco y de lo amiguete que seas del ingeniero.
Espero que os haya servido de ayuda. Cualquier cosa ya sabeis, seguid preguntando.
Una ronda para todos!!
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