Re: Propiedad de las aguas fuera del puerto
Ofú. Esto es complicado.
Lo de la distancia a la playa, lo tengo claro: si está balizada prohibida la navegación.
El problema es que no tengo claro de quién son las aguas exteriores justo pegadas a la escollera del puerto.
En principio es dominio público marítimo terrestre, con lo cual pertenecerían a costas.
Pero alrededor de las escolleras de los puertos, aguas no abrigadas, se establece una zona de servicios portuarios. Eso sería dominio portuario. No he encontrado en ningún lado cuantos metros se contemplan en esta zona.
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 Capitán, capitán, capitán de madera
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