Cita:
Originalmente publicado por true
Gracias Makoki II.
Para nada pongo en duda lo que dices.
Pero, para mí es una incongruencia.
La licencia es personal y no veo por qué se limita a una embarcación , ni a un patrón, tal como lo pones. Si es personal, el armador no es necesario que aporte nada.
Si en esa comunidad se otorga la licencia a la embarcación y su único posible armador, no me encaja, nada nada.
Toda una sorpresa, para mí.
Un saludo

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En este caso la licencia no es personal como en Galicia.
La licencia se otorga a la embarcacion y por lo tanto a las personas que estén ejerciendo la pesca a bordo y restringida al número máximo de ocupantes que figura en la documentación del barco.
En Galicia es personal ya que no existe licencia para embarcacion, es licencia de pesca deportiva tanto desde costa, embarcacion o helicóptero y válida únicamente para la comunidad autónoma.
En este querido país no se puede pescar con una única licencia, necesitamos 17 licencias distintas para pescar por todo el territorio.