Me confirman que la homologación CE posconstrucción es una vía perfectamente valida para la legalización de embarcaciones construídas por aficionados, aunque no se hagan figurar como tales.
En realidad, el marcado posconstrucción es válido para cualquier embarcación nueva o usada que no tenga documentación, por ejemplo, para barcos de stock de un astillero cerrado.
La directiva en vigor es la Directiva 2013/53/UE, que creo que todavía no está transpuesta en la legislación española.
Parece ser que ya se han legalizado construcciones amateur por esta vía. No es muy común, pero hay casos, y la certificación se acepta sin problemas. Puede ser algo más delicada la justificación de la propiedad, pero parece ser que se aceptan declaraciones juradas con testigos.
Me parece una muy buena opción.
Como decís, hay oficinas que también recomiendan esta vía:
http://www.gestenaval.com/?page_id=254
