Hola compañeros. tengo un amigo que le interesa comprar una embarcacion con motor, en Sevilla. El broker contra el pago le da la baja de bandera y la factura con iva del precio. ¿ No tendria que darle el contrato de C.V. donde se reflejara el concepto y la capacidad legal de broker de vender la embarcacion?.Es suficiente para efectuar la matriculacion ?. Gracias por vuestras aportaciones.

