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Antiguo 21-04-2019, 09:41
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Juanitu Juanitu esta desconectado
MAGISTER PILTRAFIA
 
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Predeterminado Re: Propiedad de las aguas fuera del puerto

Cita:
Originalmente publicado por eborges_tfe Ver mensaje
Casi me da miedo preguntar pero a ¿qué te refieres?


A mi también me da miedo contestar... je je je.
Insisto: cuando es "playa" todo el mundo discute no sé por qué.


Lo de las banderas es sencillo: Roja significa "prohibido el baño". Y eso a su vez significa que no se puede entrar en contacto con el agua - ni siquiera meterse hasta las rodillas - . Porque la bandera roja se pone no sólo cuando está mal el mar (resacas fuertes o zonas de corrientes), sino que también se pone por vertidos tóxicos, peligro de algún tipo, o incluso aviso meteorológico.


El problema es "quién" pone la bandera. La gente piensa que las pone el socorrista, o los de Cruz Roja.... pero sea quien sea quien la pone o decide qué bandera poner, la decisión se puede discutir, pero la bandera no. Y claro, dile tú al bañista que ha venido desde el interior a descansar en el mar por vacaciones, que hoy no puede meterse aunque el mar aparentemente está perfecto o al menos no tan peligroso como él cree...


Afortunadamente, se ha ido evolucionando y ya no se coloca una única bandera para toda la playa. En el País Vasco son pioneros en la demarcación de playas segmentadas, colocando banderas parciales en tramos de la playa para evitar zonas de resaca, corrientes vaciantes, escollos ocultos con maera, etc....





Lo de 1972 (aunque existen actualizaciones nacionales y comunitarias sobre el tema) es por la "Orden 31 de julio de 1972, por la que se dictan normas e instrucciones para la seguridad humana en los lugares de baño". Una reliquia. Pero de ahí viene la división de playas en PROHIBIDAS - PELIGROSAS - LIBRES, y también las clasifica en función de la afluencia (las de gran afluencia son las de menos de 10 metros cuadrados por persona.... en 1972... me meo si vieran cómo se pone hoy Beniidorm...).



Cita:
2. SEÑALIZACIÓN DE LAS PLAYAS.
2.1. Las playas de uso prohibido se señalizarán con banderas de color rojo, de forma rectangular de 1,5 metros de ancho por un metro de largo, sobre mástiles que sobresalgan de la tierra, como mínimo, tres metros y en todo caso perfectamente visibles desde todos los accesos a las mismas. 2.2. Las playas peligrosas serán soñalizadas con banderas oa color amarillo de las ·mismas caractorísticas y análogas cond¡ciones a las establecidas en el apartado 2.1 anterior.
2.3. Las playas libres se señalizarán con banderas de .color verde de las mismas características y concii;:iones antes mencionadas.

En esta misma ley se atribuye al "servicio de vigilancia" (hoy es el Ayuntamiento el titular de ese servicio, prestado mediante concesión, contrato o convenio a empresas o instituciones como Cruz Roja).




Por cierto, que bañarse con bandera roja puede acarrear multas considerables. El socorrista sólo puede llamar a la Policía Local, pero en muchos ayuntamientos, cansados de imprudencias y rescates costosos que dan mala imagen, han comenzado a multar "sin piedad" a los que se saltan la prohibición de la bandera roja. Ni qué decir tiene que en zonas "frikis" donde se hace surf o kyte precisamente cuando más colorada está la bandera roja, la Policía ya tiene instrucciones de no actuar ni denunciar, salvo que se origine un rescate. En ese caso se denuncia y se le puede atribuir al imprudente el gasto del rescate. Aunque raro es tener que rescatar a los del kyte o a los del surf cuando están disfrutando en su mejor medio.










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~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~

Editado por Juanitu en 21-04-2019 a las 09:55.
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Juanitu
eborges_tfe (22-04-2019)