Cita:
Originalmente publicado por Pepe12345
El calculo es sencillo, obtienes el valor del casco, obtienes el valor del motor. Aplicas porcentaje en función de la depreciación, en mi caso 10%. Y ese valor es lo que hacienda dice que vale como mínimo nuestro barco. Sobre ese valor aplicas el tipo impositivo de la comunidad autónoma correspondiente a tu residencia y a pagar.
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Entendido. Entiendo que si un barco no está en las tablas y en internet se ve a los precios que se vende podría levantar sospechas supongo. Por otra parte, si en el contraro figura un valor inferior al realmente pagado, en caso de reclamación al vendedor, solo se le podría pedir el importe que figure en el contrato, no?