Respuesta: Re: Respuesta: IEDMT barco bandera extranjera que lleva más de 4 años en E
Sobre las tablas de Hacienda, reflejan valores mínimos por debajo de los cuales la Agencia Tributaria no acepta la valoración y os haría una paralela.
Siempre que declaréis un valor igual o por encima del que reflejan las tablas (o de modelos similares si no aparece) estaréis a salvo de esa liquidación paralela que siempre conlleva algún tipo de sanción o sobrecoste.
Claro que habría que ver si os piden el contrato de compraventa y el valor reflejado en él, pero en principio son documentos que solo competen al país de bandera en el momento de la transmisión y al de abanderamiento posterior.
En este antro hay muchos abogados y expertos en temas legales, esperar alguna respuesta de ellos; yo no os puedo garantizar esos extremos, y menos en un país como este donde el "maremagnum jurídico y fiscal" es espantoso.
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* Contra la aplicación de normas abusivas a las embarcaciones de recreo.
* Por una legislación específica para la náutica deportiva diferenciada de la Marina Mercante.
* No a las sanciones desmesuradas y desproporcionadas. http://paom.es/ Únete a nosotros.
Editado por Boston en 09-05-2019 a las 16:32.
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