Discusión
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A vueltas con el impuesto de Matriculación y cambio de bandera
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9
22-05-2019, 14:06
Chemaximus
Pirata pata palo
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Re: A vueltas con el impuesto de Matriculación y cambio de bandera
Cita:
Originalmente publicado por
hma
Pues buscaste mal , mira el párrafo d)
d) Estará sujeta al impuesto la circulación o utilización en España de los medios de transporte a que se refieren los apartados anteriores, cuando no se haya solicitado su matriculación definitiva en España conforme a lo previsto en la disposición adicional primera, dentro del plazo de los 30 días siguientes al inicio de su utilización en España.
cual es la disposición adicional primera?
esto se parece a lo del "la parte contratante de la primera parte actuará como la parte contratante de la primera parte"
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